Actualizado el 14/04/2025
Cada vez que voy a Arequipa, me apunto para la tradicional pichanguita con mi hermano Toño y los amigos de nuestro antiguo barrio. Y como algunos ya son padres de familia, también organizamos partidos de fútbol para los pequeños. Mi sobrino Santi es uno de los más entusiastas. Ahora quiere ser futbolista, pero antes quería hacer delivery y, antes de eso, ser policía (tiene un uniforme completo, incluida una placa de perro policía para Rocky). ¿Quién sabe?, quizá termine siendo abogado como yo 🙌.
Toño, su esposa Bea y Santi tenían planeado venir a Lima de visita pero, a última hora, a Bea le programaron una guardia en el hospital donde trabaja y no pudo viajar. Por eso Santi viajó solo con su papá.
¿Un menor de edad puede viajar con uno de sus padres?: la respuesta es sí.
Y…¿necesita autorización para viajar?: depende de cada caso.
Aquí te explico en detalle:
1. Para viajes dentro de Perú:
Si el menor:
Viaja con ambos padres: no se necesita autorización de viaje de menor.
Viaja con uno de los padres: no se necesita autorización de viaje de menor.
Viaja solo: se necesita autorización de viaje de menor otorgada por, al menos, uno de los padres.
2. Para viajes al extranjero:
Si el menor:
Viaja con ambos padres: no se necesita autorización de viaje de menor.
Viaja con uno de los padres: se necesita autorización de viaje de menor otorgada por el padre que no viaja.
¡Ojo! 👀 en algunos consulados peruanos se requiere que la autorización de viaje sea otorgada por ambos padres.
Viaja con un tercero: se necesita autorización de viaje de menor otorgada por ambos padres.
Viaja solo: se necesita autorización de viaje de menor otorgada por ambos padres.
🙋¡No olvides!:
– En caso que el menor de edad requiera atención médica en el extranjero a causa de alguna enfermedad compleja o rara sin tratamiento o con tratamiento insuficiente en el Perú, puede ser autorizado por uno de los padres, debiendo cumplir con los requisitos correspondientes.
– En caso que el menor de edad requiera autorización para realizar un viaje por estudios al extranjero, puede ser autorizado solo por el padre o la madre en dos supuestos: por participación en un programa de intercambio estudiantil o a razón de la obtención de una beca completa de estudios. En ambos supuestos, se debe presentar ante el notario la constancia de admisión o matrícula del centro de estudios, la cual debe contener el tiempo de duración y la malla curricular.
– En caso que el menor de edad requiera autorización para viajar en representación del país a olimpiadas académicas o competencias deportivas en el extranjero, se deben presentar los documentos que acrediten la representación o la invitación a la competencia o evento internacional validado por el sector académico o deportivo autorizando la representación, así como el tiempo de duración y el lugar en el cual se desarrollará.
De existir desacuerdo de uno de los padres, se requerirá de autorización judicial.
Ten presente que:
-Para el control migratorio, la autorización de viaje de menor tiene una vigencia de 90 días contados desde que se otorgó y es válida para un solo viaje.
-Si uno de los padres ha fallecido: la autorización de viaje de menor será otorgada por el padre sobreviviente (debe constar en el permiso notarial haber tenido a la vista la partida de defunción correspondiente).
-Si el menor ha sido reconocido por solo uno de los padres: es suficiente que la autorización de viaje de menor sea otorgada por el padre que reconoció al menor (debe constar en el permiso notarial haber tenido a la vista la partida de nacimiento correspondiente).
-Si uno de los padres está en el extranjero: la autorización de viaje de menor se otorga ante un consulado peruano y debe ser legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Perú. Si el menor viaja solo o con una tercera persona, el padre que está en Perú también debe otorgar la autorización de viaje de menor (ante un notario).
-Si un menor peruano que reside en el extranjero ha permanecido en Perú más de 183 días: debe presentar autorización de viaje de menor para salir del país.
-Si el viaje es dentro de Perú y ambos padres están ausentes: el viaje debe ser autorizado por un juez.
-Si el viaje es al extranjero y uno de los padres no está de acuerdo con el viaje: el viaje debe ser autorizado por un juez.
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El contenido de este blog tiene únicamente fines informativos. No constituye asesoramiento jurídico ni debe ser interpretado como tal. La información se ofrece de buena fe, sin embargo no debe considerarse como una recomendación ni como un sustituto de la consulta con un profesional. Antes de tomar cualquier decisión legal, financiera u otra similar, te recomendamos buscar el asesoramiento adecuado según tu situación específica.