Actualizado el 01/05/2025
El abuelo de mi amiga Alejandra falleció hace unos meses sin dejar testamento y su papá tenía dudas sobre los trámites necesarios para pedir la herencia. Lo bueno: pude orientar a Ale sobre el tema y explicarle que debe seguirse un procedimiento de sucesión intestada (declaratoria de herederos) ante un juez o ante un notario, a fin que se declare a los herederos de su abuelo 👍. Lo malo: como Ale tenía que ayudar a su papá con los trámites, no pudo estar en nuestra reunión virtual de los sábados 👎. Lo feo: ¡hum!…🤔
O sea que, si un familiar falleció sin dejar testamento…¿puedo pedir la sucesión intestada (declaratoria de herederos) ante un notario?. ¿Qué documentos se necesitan?: si no lo tienes claro, te cuento todo en mi publicación sobre trámites para reclamar una herencia.
¡Ya tengo todo claro!: ¡Bien!. Entonces, te explico cómo tramitar online un Certificado Negativo de Inscripción de Testamento y un Certificado Negativo de Inscripción de Sucesión Intestada, a través del Servicio de Publicidad Registral (SPRL) en Línea de Registros Públicos (SUNARP).
Aquí los pasos:
1. Entra a la página web del Servicio de Publicidad Registral en Línea de Registros Públicos (SUNARP). Sigue este enlace.
2. Suscríbete al servicio: llena tus datos, crea tu usuario y contraseña y valida tu correo. ¡Ya puedes ingresar!.
3. Ubica el menú que se encuentra en el lado izquierdo de la pantalla ⇨ elige la opción “Trámite de Publicidad Registral” ⇨ “Solicitar publicidad certificada”.
4. Elige el tipo de servicio ⇨ Registro Jurídico: selecciona “Registro de Personas Naturales” ⇨ Tipo de Servicio: selecciona “Certificado de Negativo de Testamentos” ⇨ “solicitar”.
5. Selecciona la Oficina Registral que emitirá el certificado ⇨ ingresa los datos de la persona fallecida: tipo y número de documento, nombre (s) y apellidos ⇨ “solicitar”.
6. Verifica que los datos sean correctos ⇨ “confirmar”.
7. Elige la forma de pago (para la opción “en línea con saldo disponible” debes contar con saldo suficiente o previamente recargar el saldo) ⇨ «pagar».
El Certificado Negativo de Inscripción de Testamento será emitido con firma digital de la SUNARP mediante agente automatizado. Su atención es inmediata y consta en formato electrónico con código de verificación y código QR.
Para tramitar el Certificado Negativo de Inscripción de Sucesión Intestada, sigue los pasos señalados en los puntos 3 a 7; pero en el punto 4, opción “Tipo de Servicio”: selecciona “Certificado Negativo de Sucesión Intestada”.
Ten en cuenta que:
– El Certificado Negativo de Inscripción de Testamento tiene como finalidad acreditar que no hay un testamento inscrito o en trámite de inscripción en Registros Públicos (SUNARP).
– El Certificado Negativo de Inscripción de Sucesión Intestada tiene como finalidad acreditar que no hay una sucesión intestada inscrita o en trámite de inscripción en Registros Públicos (SUNARP).
– Para expedir ambos certificados se hará una búsqueda del nombre de la persona fallecida en el Índice Nacional de Sucesiones de Registros Públicos (SUNARP).
– Necesitarás el Certificado Negativo de Inscripción de Testamento y el Certificado Negativo de Inscripción de Sucesión Intestada para, junto con otros documentos, iniciar el trámite de sucesión intestada de tu familiar fallecido.
Revisa nuestros #SOS 03.23 y #SOS 04.23 para un resumen de este tema.
Y…¿cuáles son las etapas del procedimiento de sucesión intestada (declaratoria de herederos) ante un notario?: te contamos todo en nuestra próxima publicación.
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El contenido de este blog tiene únicamente fines informativos. No constituye asesoramiento jurídico ni debe ser interpretado como tal. La información se ofrece de buena fe, sin embargo no debe considerarse como una recomendación ni como un sustituto de la consulta con un profesional. Antes de tomar cualquier decisión legal, financiera u otra similar, te recomendamos buscar el asesoramiento adecuado según tu situación específica.
6 comentarios en “¿Sabes cómo tramitar un Certificado Negativo de Testamento o de Sucesión Intestada en Registros Públicos?”
Buenos dias Carla, solo una pregunta, cuanto tiempo demora la inscripcion en la SUNARP de una Sucesion Intestada?, desde su presentacion hasta su aprobacion, considerando que todos los documentos estan en orden.
Muchas gracias por tu atencion
Hola Víctor,
El plazo establecido para atender una solicitud de inscripción de una sucesión intestada en el Registro de Personas Naturales (Registro de Sucesiones Intestadas) es de 48 horas. Sin embargo, en la práctica, debido a la carga de trabajo, algunas oficinas registrales pueden demorar un plazo mayor al indicado.
¡Saludos!
Buen día Srta. Carla:
Por favor si pudiera indicarme ¿Cuánto de vigencia tiene el certificado negativo de testamento? porque si este fuera negativo, ¿se podría iniciar la Sucesión Intestada?, finalmente ¿Qué sucede si mientras se realiza el trámite de la sucesión intestada se inscribe un testamento?
Muchas gracias por su atención y respuestas.
Hola Rafael,
Según el Art. 40 del TUO del RGRP los certificados que expiden las oficinas registrales acreditan la existencia o inexistencia de inscripciones o anotaciones preventivas vigentes en el Registro al tiempo de su expedición (fecha específica en que fue emitido). Sin embargo, en la práctica algunas notarías aceptan certificados con una antigüedad mayor, por lo que es recomendable consultar previamente en la notaría ante la cual realizarás el trámite.
Para solicitar una sucesión intestada se requiere presentar, entre otros documentos, un certificado negativo de testamento a fin de acreditar que no hay un testamento inscrito o en trámite de inscripción en Registros Públicos (SUNARP). Ahora bien, si existe un testamento inscrito con institución de heredero vigente, por regla general no procedería la inscripción posterior de la sucesión intestada del testador. Saludos.
que pasa si fue observado el certificado negativo de testamento
Hola Enrique,
Si la solicitud ha sido observada porque ya hay un testamento inscrito, no será posible emitir el certificado negativo de testamento ya que la finalidad del mismo es dejar constancia que no hay un testamento inscrito o en trámite. Si ha sido observado por otro aspecto deberá revisarse si es posible o no subsanarlo. Saludos.